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12 de diciembre de 2019

La justicia comparada


Imagino que matar y desperdigar el cuerpo de un mujer será penado con cientos de años de cárcel

A los juristas y, particularmente, a los dispensadores de sentencias, entiéndase jueces, fiscales y demás, les incomoda notablemente que se expongan casos de Justicia comparada. Suelen decir que cada historia es un mundo y que esa forma de contrastar sentencias es particularmente injusta para con su trabajo. Puede que estén en lo cierto y no habré de ser yo quien califique su labor en sabiendo que los códigos penales están entreverados de un notable mundo de considerandos que los hacen, en ocasiones, muy ineficaces por una u otra razón. Pero habrán de perdonarme por esta vez. Los miembros del Tribunal de la Audiencia de Burgos que han condenado a 38 años a tres jugadores de fútbol por una agresión sexual a una joven algo menor que ellos han sentenciado de forma que, estoy seguro, no resiste una sola comparación con el entorno.

Recientemente hemos asistido a decisiones judiciales un tanto sorprendentes que, sin más consideración que la lectura de los baremos penales, han despachado homicidios especialmente repugnantes con apenas cinco años de condena. A un indeseable llamado Rodrigo Lanza que atacó por la espalda y pateó en el suelo a un individuo por el insignificante motivo de portar unos tirantes con la bandera de España, al cual le causó la muerte, un jurado y un juez le condenaron a cinco años de prisión. Cinco. Exactamente cinco. Ni uno más ni uno menos. Cinco años por quebrar una vida mediante la motivación ideológica de un antisistema que ya había causado la tetraplejia de un policía local de Barcelona. A un maldito niñato sevillano llamado Miguel Carcaño le correspondieron veinte años por asesinar a Marta del Castillo con el agravante de no confesar qué hizo con su cadáver, torear a la Policía y maltratar de forma inmisericorde a su familia. A la banda de criminales que le acompañaba, el Cuco y demás, ni siquiera eso. A un rumano que asesinó a su mujer estrangulándola, también en Sevilla, en el aparcamiento del aeropuerto con un cable de acero, por el hecho de haberlo confesado, y considerando ello un atenuante, le correspondieron doce años. Sólo doce. Ni uno más ni uno menos. De aquello hace dos años, con lo que, si el procedimiento no falla, en apenas tres o cuatro más estará de permiso en la calle. La conocida como «manada» de Bilbao, en libertad de movimientos, ni siquiera ha considerado oportuno presentarse en los juzgados y ha optado por desaparecer después de que la juez encargada considerase que era mejor que estuvieran en libertad. Cosa que, por cierto, también ha ocurrido con uno de los condenados por agresión sexual en el caso conocido como el de la «manada» de Manresa.

De los de Pamplona lo que sabemos es que el Supremo corrigió a la Audiencia navarra y elevó sus condenas a esos descerebrados indeseables a quince años. En el caso que nos ocupa el tribunal considera culpables a los tres futbolistas y no seré yo quien les defienda. Pero pregunto: si tan solo la hubiesen asesinado ¿qué pena les correspondería? El Tribunal considera probado que actuaron de forma punible y los recursos previsibles deberán dilucidar el alcance de la culpa, lo cual invita a no meterse en jardines. Pero sí invita a hacerse preguntas. ¿Qué sentencia espera al hombre que presuntamente asesinó y confesamente descuartizó el cadáver de la joven Marta Calvo, reconociendo que lo desperdigó por varios contenedores? Si la miserable agresión sexual a una joven de 15 años se salda con 38 años de prisión, imagino que matar, descuartizar y desperdigar el cuerpo de un mujer será penado con cientos de años de cárcel. Y que todos aquellos que consideran ejemplar esa sentencia no pondrán peros a una condena permanente revisable para este otro individuo. O no. La Justicia comparada, como digo, no resiste un simple careo.

 


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