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5 de abril de 2016

La Declaración de la Renta

Entrevistado: "Yolanda Gómez"

 ¿Quien se libra de presentar la Declaración?

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COPE

Yolanda Gómez avanza las novedades para la campaña de la Declaración de la Renta que arranca este miércoles. 

Desde este miércoles y hasta el 30 de junio los contribuyentes pueden presentar la declaración de la renta 2015, que podrá hacerse por primera vez con móviles y tabletas gracias al nuevo programa Renta Web de la Agencia Tributaria.

La campaña comienza mañana de forma telemática y el 10 de mayo de manera presencial, y la denominada cita previa para la confección de declaraciones de renta se podrá solicitar entre el 4 de mayo y el 29 de junio.

Una de las novedades de este año es la deducción a las familias, que asciende a 1.200 euros (o 100 al mes) para familias numerosas, familias con ascendientes o descendientes discapacitados o familias monoparentales con dos hijos.

Asimismo, se modifica la fiscalidad del ahorro, de los dividendos y de las ganancias y pérdidas patrimoniales, y desaparece la deducción por alquiler.

Están obligados a presentar declaración del IRPF quienes hayan obtenido en 2015 rendimientos íntegros del trabajo con el límite, con carácter general, de 22.000 euros anuales, si proceden de un único pagador.

También si se han percibido de varios pagadores cuando la suma de las cantidades del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no supere en conjunto, 1.500 euros anuales.

Igualmente hay que presentarla cuando los únicos rendimientos del trabajo sean pensiones de la Seguridad Social y demás prestaciones pasivas y el tipo de retención aplicable se haya determinado por el procedimiento especial, establecido reglamentariamente.

El límite se establece en 12.000 euros anuales cuando procedan de más de un pagador si la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, superan 1.500 euros anuales; y cuando se hayan percibido pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos.

Además, cuando se hayan percibido rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.

No tendrán que declarar quienes obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, del capital, de actividades económicas y ganancias patrimoniales, sujetas o no a retención, y su suma no exceda de 1.000 euros, ni quienes hayan tenido pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

No obstante, aún sin superar los importes anteriores, deberán presentar declaración los contribuyentes que quieran beneficiarse de la deducción por inversión en vivienda habitual (para adquisiciones hasta el 31 de diciembre de 2012), deducción por cuenta ahorro-empresa, deducción por doble imposición internacional y reducciones en la base imponible por aportaciones a sistemas de previsión social.

La campaña de este año incorpora como novedad el programa Renta Web con la fusión del borrador y del programa de ayuda Padre de años anteriores (que seguirán existiendo), y que permite hacer la declaración desde móviles y tabletas.

Renta Web admite la declaración de todos los rendimientos y ganancias patrimoniales, salvo los rendimientos de actividades económicas, que deberán presentarse con el programa Padre 


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