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10 de febrero de 2016

El funcionario ausente permanente

Condenado por no ir a trabajar durante 6 años 

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Un juzgado de Cádiz ha condenado a un exfuncionario del Ayuntamiento de Cádiz a pagar al consistorio 29.920,93 euros por no acudir a su puesto de trabajo "al menos" desde el 2004 hasta marzo del 2010. 

Según la sentencia, el 15 de octubre del 2010 el Ayuntamiento acordó abrir un expediente a J.G.V. por una falta "muy grave" del Estatuto Básico del Empleado Público por "abandono del servicio" y "falta injustificada".

La suspensión de empleo y sueldo a la que se sometió tras la apertura del expediente sólo duró cuatro meses ya que, durante la tramitación del mismo, el funcionario se acogió a la jubilación anticipada.

Los hechos se remontan a 1998 cuando el Ayuntamiento de Cádiz firmó un convenio de colaboración con la empresa pública Aguas de Cádiz por el que dicho empleado pasaba a hacerse cargo de unos controles en la estación de La Martona.

El texto judicial recoge como en la propuesta de sanción interpuesta por el Ayuntamiento en el año 2010 consta que el trabajador "no llegó a acudir a su puesto de trabajo ni llegó a realizar tarea alguna" aunque en ningún momento dejó de percibir su nómina.

El entonces concejal de Personal, José Blas Fernández (PP), descubrió que en Aguas de Cádiz suponían que sus servicios para la empresa habían finalizado y había vuelto al Ayuntamiento y que en la corporación pensaban que seguía en Aguas de Cádiz.

La sentencia también recoge que el decreto aprobado por el consistorio no es propiamente un procedimiento sancionador sino la "devolución de cantidades indebidamente cobradas".


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