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Carlos Herrera  

'Es normal que el ciudadano no entienda que por una muerte sólo haya unos meses de condena'

El juez decano de Madrid, José Luis González Armengol, explica en Herrera en la onda las posibles reacciones jurídicas al fallo de Estrasburgo sobre la doctrina Parot.

 

ONDA CERO

Especialmente, se centra en el poder que tendría la sentencia en Tribunales como el Supremo o el Constitucional, en la aplicación que tendría a otros casos similares a los de la etarra Inés del Río y en las posibilidades de España de no hacer caso a esa sentencia, sobre la que no cabe recurso alguno.

 

   Las claves de la sentencia del TEDH

  • Declara, por 15 votos contra 2, que ha habido una violación del artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
  • Declara, por unanimidad, que desde el 03 de julio 2008 la detención de la demandante (Inés del Río) no ha sido "legal", en violación del artículo 5.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
  • Sostiene, por 16 votos contra 1, que el Estado demandado debe asegurarse de que el solicitante sea liberado a la mayor brevedad posible
  • Sostiene, por 10 votos contra 7,  que el Estado demandado debe abonar al demandante, dentro de los tres próximos meses, 30.000 euros más cualquier impuesto que se le deba añadir.
  • Declara, por unanimidad, que el Estado demandado debe abonar al demandante, dentro de los próximos tres meses, 1.500 euros más cualquier impuesto que pueda ser debido a la demandante, en concepto de costas y gastos
  • Declara, por unanimidad, que si expira el plazo de tres meses a, los importes indicados en los apartados 4 y 5 se les abonará un interés similar a la tasa marginal de crédito del Banco Central, incrementado en tres puntos porcentuales